Con la entrada en vigor de la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta 2014, el nuevo régimen de transición de personas físicas (Régimen de Incorporación), al sujetarse dichos contribuyentes a obligaciones formales que implican una carga administrativa inexistente en años anteriores, al respecto, para el cumplimiento de las mismas, se detallan a continuación, las publicadas de la Resolución Miscelánea Fiscal aplicable para 2014, así como en la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la Primera Resolución a la misma, el pasado día 13 de marzo del 2014.
Al respecto comentamos las siguientes;
Sistema de Registro Fiscal.-
Obligación medios electrónicos conforme al Código Fiscal de la Federación.
Para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF, los contribuyentes del RIF, deberán ingresar a la aplicación electrónica "Sistema de Registro Fiscal" "Mis cuentas", disponible a través de la página de Internet del SAT, para lo cual deberán utilizar suRFC y Contraseña.
Opción para demás contribuyentes Personas Físicas.
Se prevé como opción, los demás contribuyentes personas físicas (Actividad Empresarial y Profesional, Arrendamiento) podrán optar por utilizar el sistema de Registro Fiscal.
Captura de sus Ingresos y gastos.
Los contribuyentes capturarán los datos correspondientes a sus ingresos y gastos.
Se prevé que los ingresos y gastos amparados por un CFDI, se registrarán de forma automática en la citada aplicación, por lo que únicamente deberán capturarse aquéllos que no se encuentren sustentados en dichos comprobantes.
Opción de emitir CFDI's a través del Sistema de Registro Fiscal.
Los contribuyentes que utilicen el "Sistema de Registro Fiscal", "Mis cuentas", podrán expedir CFDI´s a través de dicha aplicación, utilizando la Contraseña del contribuyente. A esos comprobantes se les incorporará el sello digital del SAT y serán validados para deducir y acreditar fiscalmente.
Los contribuyentes que presenten sus registros de ingresos y gastos bajo este esquema, podrán utilizar dicha información a efecto de realizar la integración y presentación de su declaración.
En caso de tener alguna duda o requerir aclaración en relación con el presente comunicado, le pedimos se ponga en contacto con nosotros. Estamos listos para atenderle.
Atentamente.
Departamento de Impuestos.