El pasado viernes 12 de marzo, se publicó en el Periodico Oficial del Estado, el decreto que exime el 100% del pago de derechos a las personas físicas que realicen trámites de inscripción de títulos de propiedad de inmuebles situados en los Municipios del Estado de Baja California, expedidos por organismos descentralizados y fideicomisos municipales, para el ejercicio fiscal 2010, que se generen por los siguientes servicios;
a. Ratificación de firmas.
b. Análisis e inscripción que presta el Registro Público de la Propiedad y de Comercio,
c. Servicios de equipamiento esccolar y expedición de documentos que presta la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano del Estado.
Impuesto Adicional para la Educación Media y Superior
Mediante artículo segundo del citado decreto, se exime del pago del Impuesto Adicional para la Educación Media y Superior en los mismos términos y porcentajes que se establecen a la exención del pago de derechos, a las personas físicas que en los términos del citado decreto soliciten la aplicación del beneficio contenido en el mismo.
Se establece en artículo transitorio, que los beneficios a los que se refiere el citado decreto incluyen los servicios objeto de exención que a la fecha se encuentran en trámite y pendiente de pago.
El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación y tendrá vigencia hasta el 30 de diciembre de 2010.
En caso de tener alguna duda o requerir aclaración en relación con el presente comunicado, le pedimos se ponga en contacto con nosotros. Estamos listos para atenderle.
Atentamente
Departamento de Impuestos